TESTIMONIO: VISTO: El Expediente Nº 1377-B/00 iniciado el 7 de julio de 2000 por el Señor Jorge Aurieri, mediante el cual solicita el reintegro del importe abonado en exceso, correspondiente a la Obra de Pavimentación, Partida Municipal Nº 8879/00, propiedad sita en calle 24 Nº 1083, y CONSIDERANDO: El informe de la Dirección de Recursos que consta a fojas 13 del citado Expediente. Que el contribuyente no registra deudas con la Municipalidad. Que si bien la Ordenanza Nº 92/99 y su Decreto Reglamentario Nº 926/00 establecen que el importe del crédito que por "Obra de Pavimentación" registren los contribuyentes afectados, debe aplicarse a deudas existentes o futuras; del análisis del Expediente Nº 1377-B/00, se concluye que corresponde hacer una excepción en el caso, devolviéndose el importe en tres (3) cuotas mensuales y consecutivas. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 147/00 ------------------------------- ARTICULO 1.- Exceptúase al inmueble Partida Municipal Nº 8879/00, ------------ propiedad del Señor Jorge Aurieri de lo establecido en la Ordenanza Nº 92/99 y su Decreto Reglamentario Nº 926/00.--------- ARTICULO 2.- Reintégrese al Señor Jorge Aurieri el 40% (Cuarenta por ------------ ciento) del monto abonado por la Obra de Pavimentación que afecta su propiedad y que asciende a $ 491,60 (Pesos cuatrocientos noventa y uno con sesenta centavos), en tres (3) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de $ 163,87 (Pesos ciento sesenta y tres con ochenta y siete centavos), a partir de la fecha de promulgación de la presente.------------------------------------- ARTICULO 3.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los veintiocho días del mes de septiembre de dos mil. FIRMADO: Fabián D. Ridao - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.---------------------------------------------------------